Cómo realizar el cambio de titularidad de vehículos entre familiares en España

El cambio de titularidad de un vehículo entre familiares es un trámite bastante común en España. Es un proceso completamente legal y está regulado por el Reglamento General de Vehículos, aprobado mediante el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

Aunque puede parecer complicado, conociendo los pasos correctos y los requisitos necesarios, este procedimiento se realiza sin mayores inconvenientes. A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber, paso a paso.

¿Cuándo se realiza este trámite?

El cambio de titularidad entre familiares puede ocurrir en diferentes situaciones, como:

  • Herencia por fallecimiento: cuando el titular original del vehículo fallece y el coche pasa a uno de sus herederos.
  • Donación: el vehículo se cede sin costo alguno a un familiar cercano.
  • Separación o divorcio: cuando, por mutuo acuerdo o decisión judicial, uno de los miembros de la pareja se queda con el vehículo.
  • Operación de compraventa: cuando un familiar decide vender el coche a otro.

Métodos para realizar el trámite

La Dirección General de Tráfico (DGT) ofrece dos formas principales para llevar a cabo el cambio de titularidad:

  1. En línea: A través de la página web de la DGT. Para ello, necesitas una cita previa y contar con un certificado digital, DNI electrónico o las credenciales Cl@ve.
  2. De forma presencial: Acudiendo a cualquier oficina de la DGT. También es necesario pedir una cita previa antes de asistir.

Comprobaciones previas

Antes de iniciar el trámite, es fundamental asegurarse de que el vehículo puede transferirse. Para ello, debes solicitar un informe reducido del estado del vehículo en la DGT. Este informe es gratuito y se puede obtener en línea, por teléfono o de manera presencial.

El informe verifica que:

  • El vehículo está dado de alta y correctamente identificado.
  • No tiene embargos, sanciones, ni reservas de dominio que limiten su transferencia.
  • El impuesto de circulación del año anterior esté pagado.

Cambio de titularidad mediante compraventa

Si el cambio de titularidad se realiza por compraventa, es necesario que ambas partes firmen un contrato de compraventa que incluya:

  • Datos del comprador (nombre, apellidos, DNI o NIE).
  • Datos del vendedor (nombre, apellidos, DNI o NIE).
  • Información del vehículo (ficha técnica y permiso de circulación).
  • Precio de la venta.
  • Fecha y hora en que se firma el contrato.

Además, debes justificar el pago o la exención del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) en la comunidad autónoma correspondiente.

Una vez firmado el contrato, hay un plazo de 30 días para completar el trámite de transferencia en la DGT.

Cómo hacerlo en línea

  1. Accede al portal de la DGT con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
  2. Paga la tasa correspondiente. Puedes hacerlo en el formulario o previamente en tu banco.
  3. Adjunta el contrato de compraventa escaneado, asegurándote de que todas las hojas estén firmadas.

Cómo hacerlo de forma presencial

  1. Completa el impreso oficial de cambio de titularidad y firma junto con el vendedor.
  2. Lleva el contrato de compraventa firmado por ambas partes.
  3. Presenta los documentos de identificación del comprador y el justificante de pago del impuesto.
  4. Abona la tasa correspondiente en la oficina.

Cambio de titularidad por herencia

Si el titular del vehículo ha fallecido y el coche pasa a un heredero, se deben presentar los siguientes documentos:

  • Un documento que acredite la herencia, como el testamento o declaración de herederos.
  • Justificante de pago o exención del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), que varía según la comunidad autónoma.

Cambio de titularidad por donación

Cuando un familiar cede el vehículo sin costo alguno, el trámite se realiza como una donación. La DGT exige un contrato o documento de donación firmado por ambas partes, que debe incluir:

  • Datos del donante y el donatario (nombre, apellidos, DNI o NIE).
  • Información del vehículo (ficha técnica y permiso de circulación).
  • Fecha y hora en que se realiza la donación.
  • Justificante de pago o exención del ISD.

Cambio de titularidad por separación o divorcio

En casos de separación o divorcio, si uno de los cónyuges se queda con el vehículo, se necesita:

  • El documento de acuerdo de separación o la resolución judicial, indicando los datos del vehículo.
  • Justificante de pago o exención del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).

¿Cuánto cuesta realizar el cambio de titularidad?

El coste del trámite varía según el tipo de vehículo:

  • Ciclomotores: 27,85 €.
  • Otros vehículos: 55,70 €.

En caso de vehículos procedentes de Canarias, Ceuta o Melilla, se requiere un pago adicional de 8,67 € para la anotación de importación si se trasladan a la península o Baleares.

Antes de comenzar el trámite, revisa que todos los documentos estén completos y correctos. Esto evitará retrasos innecesarios. Si tienes dudas, la DGT ofrece asistencia en línea y telefónica para guiarte en cada paso del proceso.

Recuerda que, una vez terminado el trámite, el vehículo estará oficialmente a nombre del nuevo titular, quien asumirá todas las responsabilidades legales relacionadas con él.

Con esta guía, el cambio de titularidad entre familiares será mucho más sencillo.

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